iGU Energy

POLÍTICA ANTICORRUPCIÓN

  1. Introducción

IGU ENERGY, S.L., como empresa comprometida con la sostenibilidad, la transparencia y la integridad en todas sus actividades, adopta y refuerza los principios de lucha contra la corrupción, el soborno y cualquier tipo de conducta ilícita, conforme a lo establecido en las normativas aplicables en Europa y España, en especial la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y las directrices del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos. 

Este certificado formaliza nuestra Política Anticorrupción, la cual establece las pautas de conducta y los mecanismos de prevención, detección y sanción de prácticas corruptas, aplicables a todos los empleados, directivos, socios comerciales, contratistas, proveedores y terceros con los que IGU ENERGY, S.L. interactúa en el curso de sus operaciones. 

  1. Ámbito de Aplicación

La presente Política Anticorrupción es de aplicación obligatoria para todo el personal de IGU ENERGY, S.L., incluidas sus filiales y subsidiarias en España, México y Estados Unidos, así como para cualquier tercero que actúe en nombre de la empresa. Esta política cubre todas las actividades comerciales, sin importar el lugar o el contexto en el que se desarrollen, y establece la obligación de cumplir con las leyes anticorrupción de los países en los que operamos, así como con los más altos estándares éticos y de buen gobierno corporativo. 

  1. Definiciones

A efectos de esta política, se entiende por: 

  • Corrupción: Cualquier acto por el cual una persona ofrece, promete, da, solicita o recibe, directa o indirectamente, cualquier beneficio ilícito o ventaja indebida para sí misma o para un tercero, con el propósito de influir en la toma de decisiones, la obtención de contratos o ventajas comerciales de cualquier tipo. 
  • Soborno: Cualquier forma de ofrecimiento, promesa, entrega, recepción o solicitud de un beneficio económico o de otro tipo, con la intención de influir en una decisión pública o privada, en beneficio de la persona que otorga o solicita el soborno, o de un tercero. 
  • Conflicto de Intereses: Situación en la que los intereses personales, familiares o profesionales de una persona puedan interferir, de forma real o aparente, con los intereses de IGU ENERGY, S.L. 
  1. Principios Generales

IGU ENERGY, S.L. se compromete a los siguientes principios: 

  1. a) Prohibición de Sobornos y Corrupción:

Está estrictamente prohibido que cualquier empleado o tercero actuando en nombre de IGU ENERGY, S.L. ofrezca, prometa, entregue o reciba cualquier tipo de soborno, gratificación, comisión o ventaja indebida en el curso de las actividades comerciales de la empresa. 

  1. b) Regalos y Hospitalidad:

Cualquier regalo, atención o invitación que exceda los usos comerciales razonables y sea susceptible de interpretarse como un intento de influir en una decisión empresarial está prohibido. Los empleados deben abstenerse de aceptar regalos o favores que puedan comprometer su independencia profesional o la integridad de IGU ENERGY, S.L. 

  1. c) Conflictos de Intereses:

Todos los empleados deben evitar cualquier situación que pueda generar un conflicto de intereses real o potencial. Los conflictos de interés deben ser declarados y gestionados adecuadamente para garantizar que no interfieran en la objetividad de las decisiones empresariales. 

  1. d) Cumplimiento de la Normativa:

Nos comprometemos a cumplir con todas las leyes y regulaciones anticorrupción aplicables, incluyendo la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal español en su reforma del artículo 286 bis, que sanciona los delitos de corrupción en los negocios, y las directrices del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) en relación con el manejo de información en el marco de investigaciones internas. 

  1. Canal de Comunicación Ética y Denuncias

IGU ENERGY, S.L. ha implementado un Canal Ético de Denuncias que garantiza una vía segura, confidencial y accesible para que cualquier empleado, socio, cliente o tercero pueda reportar posibles incumplimientos de esta política, incluidas actividades sospechosas de corrupción, fraude, soborno o cualquier conducta ilícita. 

Este canal está alineado con la normativa de protección de denunciantes bajo la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. 

  1. a) Acceso al Canal Ético:El Canal Ético está disponible a través de los siguientes medios:
  • Buzón de Denuncias: Enviando un correo a compliance@iguenergy.com, dirigido al Responsable de Cumplimiento Normativo de la empresa. 
  1. b) Confidencialidad y Protección de Denunciantes:

Garantizamos la confidencialidad de la identidad de los denunciantes y el contenido de las denuncias presentadas. Ningún empleado o colaborador será objeto de represalias por haber presentado una denuncia de buena fe. IGU ENERGY, S.L. se compromete a proteger los derechos de los denunciantes conforme a lo establecido en la legislación de protección de datos y de protección de denunciantes. 

  1. c) Procedimiento de Investigación:

Una vez recibida una denuncia, el Responsable de Cumplimiento llevará a cabo una investigación exhaustiva e imparcial. Dependiendo de la gravedad de la denuncia, se podrán involucrar auditores externos y asesores legales para garantizar la correcta resolución del caso. Los resultados de la investigación se documentarán y, en su caso, se tomarán las medidas correctivas necesarias. 

  1. Medidas Preventivas y de Control

Para prevenir la corrupción y el soborno, IGU ENERGY, S.L. implementa las siguientes medidas: 

  • Formación Continua: Todos los empleados recibirán formación periódica en materia de ética empresarial, cumplimiento normativo y lucha contra la corrupción. 
  • Auditorías Internas: Se realizarán auditorías regulares para detectar posibles riesgos de corrupción y garantizar el cumplimiento de esta política. 
  • Debida Diligencia: Se realizará un proceso de debida diligencia sobre los socios comerciales, contratistas y proveedores, para verificar que cumplen con los estándares éticos y legales de IGU ENERGY, S.L. 
  1. Consecuencias del Incumplimiento

El incumplimiento de esta política será considerado una falta grave y podrá dar lugar a sanciones disciplinarias, incluidas, pero no limitadas a, la terminación del contrato de trabajo o de la relación comercial. En caso de detectarse una actividad delictiva, IGU ENERGY, S.L. cooperará plenamente con las autoridades competentes, siguiendo los procedimientos legales pertinentes. 

  1. Revisión y Actualización de la Política

La presente Política Anticorrupción será revisada y actualizada periódicamente para garantizar su conformidad con las leyes y regulaciones vigentes, así como con las mejores prácticas internacionales en materia de lucha contra la corrupción. 

  1. Aprobación y Publicación

Esta Política Anticorrupción ha sido aprobada por la Dirección General de IGU ENERGY, S.L. y entrará en vigor inmediatamente tras su publicación en los canales internos y externos de la empresa. 

Este certificado cumple con los requisitos legales y refuerza el compromiso de IGU ENERGY, S.L. con la transparencia y el cumplimiento normativo, estableciendo canales claros de comunicación y medidas preventivas para combatir la corrupción.